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Vacancia, censura y renuncia frente a un presidente encargado:

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Precisiones Constitucionales sobre la responsabilidad política en la sucesión presidencial         I.             El punto de partida: la naturaleza jurídica del presidente encargado La Constitución Política del Perú regula la sucesión presidencial en el artículo 115, estableciendo que, ante impedimento permanente o vacancia del Presidente de la República, asume el Presidente del Congreso. Esta asunción no crea un nuevo mandato , sino un encargo constitucional transitorio , cuyo objetivo es garantizar la continuidad del Estado.   El presidente encargado: ü   no es un presidente electo, ü   no recibe un mandato popular directo, ü   y no inaugura un nuevo periodo presidencial.   Su legitimidad es derivada , funcional y provisional , lo que implica un estándar de conducta igual o más exigente que el del presidente titular, precisamente porque no se encuentra respaldado p...

La Responsabilidad Política solidaria del premier y la Fractura de la conducción del Ejecutivo

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El premier como eje de la conducción política del Ejecutivo En el diseño constitucional peruano, el presidente del Consejo de Ministros no es un funcionario decorativo ni un simple vocero político del gobierno. Es el eje de articulación del Poder Ejecutivo y el primer responsable político de su funcionamiento integral . Cuando desde esa posición se normalizan fallas estructurales graves del Estado, no estamos ante un error comunicacional, sino frente a un quiebre de la conducción política .   La responsabilidad política solidaria en la Constitución La Constitución Política del Perú , en su artículo 128, establece con claridad que los ministros son solidariamente responsables por los actos del presidente de la República que refrendan, así como por aquellos que, conociendo, no impiden o no corrigen . Esta responsabilidad no es individual ni aislada: es colectiva, solidaria y política . El premier, por su jerarquía, carga con un nivel agravado de dicha responsabilidad. La ...

La desnaturalización del poder presidencial y el deterioro del estándar democrático

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  La investidura presidencial y la imposibilidad de lo privado En una democracia constitucional, la figura del presidente de la República no admite ambigüedades. Quien ejerce la Jefatura del Estado no actúa nunca a título estrictamente personal. Cada gesto, cada reunión y cada decisión tiene una dimensión pública inevitable, porque el poder que ostenta no le pertenece: lo ejerce en representación de la Nación . El artículo 110 de la Constitución es categórico al señalar que: “El Presidente de la República es el Jefe del Estado y personifica a la Nación.”   La falsa frontera entre lo personal y lo público Por ello, resulta profundamente preocupante la normalización de conductas presidenciales que desdibujan esa frontera elemental entre lo privado y lo público. Reuniones no oficiales, no transparentadas, sin agenda ni registro institucional, sostenidas con empresarios extranjeros en locales privados y bajo formas destinadas a ocultar la identidad, no pueden ser presenta...

“Venezuela ante una realidad contemporánea extrema y los límites del derecho internacional”

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  I. Antecedentes: de la democracia formal a la dictadura material Desde el mandato de Hugo Chávez , Venezuela inició un proceso progresivo de degradación institucional que, con el paso de los años, transformó al Estado en una estructura autoritaria. La muerte de Chávez no significó una corrección del rumbo, sino la continuidad y profundización del modelo , esta vez bajo el liderazgo de Nicolás Maduro . A partir de entonces, Venezuela dejó de ser una democracia en sentido material. Las sucesivas elecciones —formalmente realizadas— estuvieron marcadas por fraudes electorales , persecución política, ausencia de garantías y un control absoluto del aparato estatal. El régimen logró capturar todos los poderes del Estado : Ejecutivo, Legislativo, Judicial, Ministerio Público, órganos electorales y Fuerzas Armadas. En ese contexto, la democracia fue raptada  y con ella el derecho del pueblo venezolano a la libre determinación. II. Violaciones sistemáticas de derechos humanos y co...